Senado aprueba prohibir terapias de reorientación sexual
El Senado de la República aprobó este martes en lo general y particular la reforma que prohíbe las terapias de reorientación sexual a nivel nacional. Ante esta decisión, senadores del PAN y PRI señalaron inconsistencias y ambigüedades jurídicas en la iniciativa, pero la bancada de Morena y sus aliados rechazaron tales señalamientos.
Dicha iniciativa fue aprobada con 59 votos a favor, dos en contra y 15 abstenciones, en lo general y particular. La reforma modifica los artículos 209 Ter y adiciona el 465 bis de la Ley General de Salud, que establece que quedan prohibidas las terapias de reorientación sexual y cualquier tratamiento que promueva la reconversión de la orientación sexual de una persona, en todo el territorio nacional.
La senadora de Morena Olga Sánchez Cordero, detalló que con esta Reforma a la Ley de Salud, se busca sancionar penalmente a las personas que promuevan, impartan, obliguen o financien cualquier tipo de práctica o tratamiento que se encamine a corregir la orientación sexual e identidad de género de las personas, por considerarlo un atentado a sus derechos humanos.
De esta manera, se hizo una adición al Código Penal Federal, de un capítulo IX al Título Octavo de Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, en el que se establece que se sancionará con dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida, a quien busque modificar la orientación sexual, identidad de género, o expresión de género de una persona.
Dichas sanciones aumentarán al doble cuando se realicen este tipo de terapias de reorientación sexual en personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.